2. Problemática

BPIN:

Identificación y descripción del problema

Problema Central: Falencias en la atención de detención preventiva de personas en las instalaciones de la Estación de Policía del municipio de Yotoco.
Situación: El municipio debe cumplir con lo estipulado en la norma. La Ley 65 de 1993, en su articulo 17 reza: "...En los presupuestos municipales y departamentales, se incluirán las partidas necesarias para los gastos de sus cárceles, como pagos de empleados, raciones de presos, vigilancia de los mismos, gastos de remisiones y viáticos, materiales y suministros, compra de equipos y demás servicios. Los gobernadores y alcaldes respectivamente, se abstendrán de aprobar o sancionar según el caso, los presupuestos departamentales y municipales que no llenen los requisitos señalados en este artículo. La Nación y las entidades territoriales podrán celebrar convenios de integración de servicios, para el mejoramiento de la infraestructura y el sostenimiento de los centros de reclusión de sistema penitenciario y carcelario". Y en su ARTÍCULO 19: RECIBO DE PRESOS DEPARTAMENTALES O MUNICIPALES. Los departamentos o municipios que carezcan de sus respectivas cárceles, podrán contratar con el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, el recibo de sus presos mediante el acuerdo que se consagrará en las cláusulas contractuales, conviniendo el reconocimiento que los departamentos o municipios hagan del pago de los siguientes servicios y remuneraciones: a) Fijación de sobresueldos a los empleados del respectivo establecimiento de reclusión; b) Dotación de los elementos y recursos necesarios para los internos incorporados a las cárceles nacionales; c) Provisión de alimentación en una cuantía no menor de la señalada por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario para sus internos; d) Reparación, adaptación y mantenimiento de los edificios y de sus servicios, si son de propiedad de los departamentos o municipios. PARÁGRAFO. Las cárceles municipales podrán recibir presos nacionales en las mismas condiciones en que los centros de reclusión nacionales reciben presos municipales.
Magnitud: Durante el año se pueden recibir hasta 12 personas privadas de la libertad en condición de sindicados de alta connotación se beneficiaran con convenio interadministrativo con el INPEC, serian los beneficiarios de la prestación del servicio las PPL que se encuentran en la Estación de Policía que sean trasladas hasta el INPEC.
Id Tipo Causa Descripción Causa Directa
2968729 Direct Cause Limitada capacidad asistencial del centro carcelario y penitenciario del municipio
2968730 Indirect Cause Limitación en disponibilidad de elementos para procesos formativos, sanitarios, de resocialización de la población carcelaria. 2968729
Id Tipo Efecto Descripción Efecto Directo
3185317 Direct Effect Afectación de los derechos humanos en la población carcelaria
3185318 Indirect Effect Desmotivación de los internos hacia la participación en los programas de resocialización 3185317